Historia de la Cooperativa

La Cooperativa fue fundada por 43 socios, el 12 de febrero de 1933 en la localidad de Los Cóndores, provincia de Córdoba y su primer presidente fue el Dr. Abraham Molina.
Desde sus comienzos, a través de sus fundadores que lo plasmaron en el estatuto social, la cooperativa excluye de sus actos e ideales, todas aquellas cuestiones de índole política, religiosas, sindicales, de nacionalidad, de regiones o razas (Art. 4 estatuto social)
Las actividades que la originaron fueron: la provisión de energía eléctrica destinada al servicio particular y público, la prestación de otros servicios como el de agua corriente, electrificación rural, telefonía urbana, construcción de edificios y obras públicas; servicios sociales como el de asistencia médica, farmacéutica, sepelio; adquisición de terrenos para sí o para sus asociados con destino a la vivienda propia. Todas estas actividades eran promulgadas y pensadas bajo el principio de promover el bienestar de los asociados y la comunidad en general, difundiendo los principios y las prácticas del cooperativismo.

Respecto a los asociados, cualquier persona de existencia física o ideal mayor de 18 años capaz de adquirir derechos y contraer obligaciones podía suscribir la calidad de socio, presentando una solicitud por escrito ante el consejo de Administración, para luego, una vez aceptado el pedido, suscribir e integrar la cantidad de 5 cuotas sociales, comprometiéndose al cumplimiento del estatuto y de los reglamentos que se dictaren en consecuencia.
A tal efecto, el nuevo socio tenía derecho a utilizar los servicios de la entidad en las condiciones estatutarias y reglamentarias, proponer al consejo iniciativas de interés social, participar en asamblea ordinaria con voz y voto, aspirar a desempeñar cargos dentro del consejo, tener libre acceso a la información de los libros de la institución; como así también retirarse voluntariamente al finalizar el ejercicio social.
Con respecto a la Administración y representación, se dispuso que la misma estuviese a cargo de un consejo administrativo constituido por diez miembros titulares y tres suplentes, más un representante municipal en el cargo de vocal titular.

Entre sus deberes y atribuciones estará: fijar precios de los servicios que se presten en la institución, cumplir y hacer cumplir el estatuto y los reglamentos sociales, gestionar créditos y seguros que contrate con terceros para sus asociados, designará al gerente y demás empleados, señalando deberes y atribuciones, fijando retribuciones, suspensiones o despidos; adquirir, enajenar, locar, donar y celebrar cualquier acto jurídico sobre bienes muebles e inmuebles, etc.